Que cubre el seguro escolar: ¿Qué cubre el seguro escolar?

Que cubre el seguro escolar: ¿Qué cubre el seguro escolar?

¿Qué cubre el seguro escolar?

El Seguro Escolar Obligatorio existe en España desde 1953. En pleno régimen franquista vio la luz esta cobertura que gestiona la Seguridad Social y que incluye accidentes, enfermedades e infortunios familiares entre sus garantías. Sin embargo, es un producto con limitaciones y que no cubre a toda la población escolar. Por esa razón, las AMPAS, las direcciones de muchos centros y algunas empresas proveedoras contratan seguros privados para ampliar los riesgos y dar cobertura a los escolares que están fuera de la protección obligatoria.

De entrada, los más pequeños están excluidos, ya que solo es obligatorio para los alumnos de tercero y cuarto de ESO, Formación Profesional y universitarios hasta los 28 años. También disfrutan de esta protección los estudiantes de los cursos superiores de música y danza.

El seguro obligatorio incluye coberturas para los alumnos relacionadas con accidentes, enfermedades e infortunio familiar. Este último concepto hace referencia al fallecimiento del cabeza de familia y a ruina o quiebra familiar. El propósito en ambos casos es garantizar que el alumno podrá continuar con sus estudios. No obstante, está limitado a que los ingresos familiares sean de poco más de 6.000 euros por cabeza. La póliza excluye expresamente los casos en los que la familia tiene una insuficiencia económica permanente para costear los estudios.

En el ámbito privado, existen pólizas denominadas de continuidad de estudios que ofrecen recursos económicos con la misma finalidad pero más abundantes y con menos condicionantes ante una situación de fallecimiento de un progenitor o de ruina familiar.

Coste y coberturas

¿Quién paga este seguro obligatorio?

La norma que regula el seguro escolar obligatorio establece que el pago de la prima es sufragado a partes iguales por el Estado y el estudiante. El coste es muy bajo, un poco por encima de los dos euros. En el caso de los estudiantes, su parte (1,12 euros) está incluido en el coste de la matrícula.

¿En que circunstancias interviene este seguro? Lo cierto es que está limitado a las actividades que tiene que ver con la actividad del estudiante en actividades organizadas por el centro. En el caso de los accidentes, por ejemplo, quedan excluidos todos los accidentes ajenos a la actividad escolar. En este sentido, la póliza contempla un accidente durante una asamblea, pero solo si ha sido autorizada por el centro.

Los expertos también determinan que este seguro tiene sus limitaciones en cuanto a la disponibilidad económica destinada a indemnizaciones y pago de tratamientos. Esta es la razón por la que muchos centros escolares contratan seguros privados complementarios de accidentes, de salud y de responsabilidad civil, además de pólizas multirriesgo para proteger las propias instalaciones y, en algunos casos, los bienes de los profesores y de los alumnos.  

Las asociaciones de padres también son activas en la contratación de seguros, especialmente para ofrecer coberturas a los alumnos que no se incluyen en la póliza obligatoria.

Lugares de riesgo

Juegos y deportes acumulan buena parte de los accidentes

Según UNESPA, la patronal que representa a las compañías de seguros, estas coberturas permiten hacer frente accidentes que normalmente se producen en la zona de juegos o durante la práctica deportiva y que a menudo precisa de tratamientos de odontología y sesiones de recuperación que tienen un coste elevado y que se alargan en el tiempo. El seguro escolar obligatorio está limitado a un año desde la fecha del accidente. A pesar de sus limitaciones, desde la patronal del seguro se considera que esta póliza obligatoria es “un motivo de orgullo como sociedad”.

La contratación de estos seguros adicionales ofrece a los centros una tranquilidad adicional ante cualquier accidente que pueda producirse dentro de sus instalaciones. Tanto en lo que se refieres a la cobertura sanitaria como a la responsabilidad legal que se deriva para la dirección.

El bullying es una alarmante realidad de nuestros días

Shutterstock

Las compañías revelan que en muchas de las pólizas de responsabilidad civil para centros escolares se incluye la cobertura relacionada con el bullying, un fenómeno que lamentablemente está a la orden del día. En estos casos, se ofrece asistencia legal y también apoyo psicológico a todos los implicados, además de hacer frente al pago de posibles indemnizaciones.

Otras garantías

El transporte escolar, un caso especial

El seguro obligatorio cubre los desplazamientos que se realizan en los transportes escolares, sea para asistir a clases o a otras actividades organizadas por los centros. No obstante, este es un tema controvertido. Lo habitual es que las compañías proveedores del servicio contraten pólizas que eleven a ilimitado el techo de las indemnizaciones en caso de accidente.

Lee también

Xavier Grau

El transporte escolar de la línia de Sort-Llessui, en la parada de Altron.

Propias

Alrededor de 630.000 escolares utilizan diariamente el transporte escolar en España. Un servicio que no registra ningún accidente con víctimas mortales desde 2012 y que, sin embargo, encuestas realizadas entre los padres le otorga una percepción de seguridad inferior a la de los trasportes que se realizan en vehículo privado. La covid-19 también ha aumentado la reticencia de los progenitores ante el uso de estos vehículos.

Seguro Escolar contra Accidentes | Secretaría de Educación

El Seguro Escolar contra Accidentes es para todo el alumnado de educación básica (preescolar, primaria y secundaria). Es una póliza de gastos médicos que garantiza la atención de forma gratuita en caso de sufrir un accidente escolar. Los beneficios comprenden: atención médica, quirúrgica, dental, hospitalización si fuera necesario medicamentos, aparatos ortopédicos (muletas, collarines, cabestrillos, etcétera), rehabilitación, material de osteosíntesis (placas, tornillos, clavos, entre otros). El apoyo psicológico se otorgará sólo cuando sea prescrito por un(a) doctor(a).

 

¿Cómo opera el Programa de Seguro Escolar contra Accidentes para el Ciclo Escolar 2022-2023?

El Programa de Seguro Escolar contra Accidentes iniciará su operatividad en el momento que los alumnos asistan a sus escuelas de manera presencial.

 

¿Qué es un accidente?

Cualquier suceso motivado por una acción súbita e inesperada a cargo de un factor externo que deja como consecuencia una lesión corporal, en la cual existe un peligro inmediato, real o potencial, para la vida o función del paciente, o puede generar secuelas graves o permanentes si no recibe atención en las primeras horas de ocurrido el accidente. En apego a lo estipulado en la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, del expediente clínico, capítulo 4, definiciones, numeral 4.11, que a la letra dice:

URGENCIA: todo problema médico-quirúrgico agudo que ponga en peligro la vida, un órgano o una función y requiera atención inmediata.

Casos en los que es válido el seguro

  • Cuando ocurra un accidente dentro del plantel educativo.
  • En el trayecto directo de la casa a la escuela y viceversa, hasta por un lapso de 2 horas.
  • Al asistir a alguna actividad Programada y Autorizada por la autoridad educativa (desfiles, visitas guiadas o excursiones), conforme a los Lineamientos para las visitas guiadas de la Gaceta de Gobierno núm. 78 del 27 de abril de 2012.

 

¿Qué se debe hacer en Actividades Extraescolares?

Avisar a los teléfonos del SEGURO ESCOLAR, indicando la fecha y el lugar a donde van a asistir.

Remitir al correo seguroescolar@live. com.mx las solicitudes y autorizaciones respectivas, conforme a lo estipulado en los artículos 9, 12, 13, 14 y 15 de los Lineamientos antes referidos, así como el listado del alumnado que saldrá.

 

Coberturas

Las sumas aseguradas por cobertura son:

  • Gastos médicos por accidente: $25,000.00 M.N. por evento.
  • Indemnización por pérdidas orgánicas: $15,000.00 M.N. (conforme al porcentaje que corresponda a la pérdida orgánica estipulada por la aseguradora en la escala “B”).
  • Indemnización por muerte accidental y/o indemnización por gastos funerarios: $40,000.00 M.N

 

¿Qué hacer en caso de accidente?

1. Informar inmediatamente al padre y/o madre de familia y/o tutor(a)

2. El alumno(a) accidentado(a) debe acudir acompañado del padre, madre, tutor o tutora, profesorado o algún otro adulto, a cualquier hospital de la red pública o privada el mismo día del accidente.

3. Presentar la carta expedida por la dirección escolar. (INDISPENSABLE PARA LA ATENCIÓN MÉDICA, APLICAN EXCEPCIONES).

 

El seguro no aplica en:

  • Enfermedades.
  • Durante vacaciones, días festivos y fines de semana.
  • Padecimientos preexistentes.
  • Sucesos provocados por el mismo alumno(a) (tragarse monedas, introducirse objetos al oído o nariz, etcétera).
  • Riñas o peleas.
  • Lesiones por infección, envenenamiento o por inhalación de humos o gases, salvo que se demuestre que fueron consecuencia de un accidente.
  • Lesiones que sufra el asegurado(a) estando bajo el influjo de una droga o enervante, salvo que haya sido prescrita por un doctor(a) y se demuestre el hecho.
  • Enfermedades derivadas por cualquier tipo de virus (COVID 19) y/o bacterias que pongan en riesgo la salud.

 

¿Cuándo se suspende el seguro?

Al causar baja definitiva de la escuela.

 

Restricciones

· No se cubrirán visitas a fábricas en general.

· No se cubrirá ningún evento dentro o fuera de la escuela que implique riesgo real o potencial para el alumno(a) (fogatas, visitas a parques con albercas, a ríos, lagos, lagunas, mares, estanques, paseos ciclistas por carreteras, avenidas, calles, etc.).

· No se cubrirán golpes simples (moretones superficiales, heridas no sangrantes como rasguños, araños y raspones).

· No se cubren picaduras de insectos (arañas, moscos, abejas, etc.).

· No se pagará reembolso cuando la atención médica sea en un hospital de la red y el accidente ocurra en la escuela, el pago por concepto de reembolso estará sujeto a revisión del mismo por parte de la aseguradora, debiéndose ajustar al monto de la prima contratada y los honorarios médicos al tabulador que maneje la aseguradora.

 

IMPORTANTE

· Sólo se dará atención médica el mismo día del accidente, por lo que es indispensable que el Director(a) Escolar emita la carta el mismo día del siniestro, absteniéndose de elaborarla en días posteriores al suceso (con excepción de aquellos casos, cuando el accidente ocurra durante el trayecto casa-escuela-casa, visitas guiadas, desfiles, excursiones y por lo mismo no sea posible expedirla).

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